lunes, 22 de enero de 2024

Libro Digital Indexado del Drawback

 

La reciente obra publicada por la Editorial Tercer Sol de México, titulada "DRAWBACK: Mecanismo promotor del crecimiento económico en las empresas de exportación", arroja luz sobre un tema crucial en el mundo empresarial y comercial. Escrito por el prestigiado catedrático Dr. Javier Gustavo Oyarse Cruz (Perú), el libro explora en profundidad el concepto de "DRAWBACK" y su papel como catalizador del desarrollo económico en empresas dedicadas a la exportación.

Contexto del DRAWBACK: El libro comienza contextualizando el DRAWBACK como un mecanismo estratégico utilizado por las empresas de exportación para fomentar su crecimiento económico. Proporciona una visión detallada de cómo este instrumento puede ser implementado de manera efectiva para aprovechar al
máximo las oportunidades en el mercado global.

Beneficios para las Empresas Exportadoras: A lo largo de sus páginas, la obra destaca los beneficios concretos que el DRAWBACK puede ofrecer a las empresas, desde la optimización de costos hasta la mejora de la competitividad internacional. El autor presenta casos de estudio y ejemplos prácticos para ilustrar cómo estas ventajas pueden traducirse en un impulso significativo para el crecimiento económico.

Contenido del libro: Este libro se ha estructurado en cinco capítulos. En el primero, se aborda el concepto del drawback: se explica su definición, sus ventajas y desventajas, las bases normativas a nivel nacional, su influencia en las exportaciones y algunos datos estadísticos. En el segundo capítulo, se hace un recorrido teórico en torno a las exportaciones y su participación en la economía de un país. En el tercer capítulo, se estudian los aspectos conceptuales más relevantes respecto al comercio exterior, como su definición, las formas de efectuarlo, los modelos más destacados, normativas, entre otros. En el cuarto capítulo, se lleva a cabo una investigación en un contexto delimitado: Perú. Se busca determinar la participación del drawback en el ámbito de las exportaciones y cómo influye en el crecimiento económico de un país. Para finalizar, en el quinto capítulo, se realiza una síntesis del libro y se propone algunos cambios para lograr un procedimiento más inclusivo, sistemático y ordenado para el drawback.

Conclusiones y Reflexiones Finales: En las conclusiones, el Dr. Javier Gustavo Oyarse Cruz (2023) recapitula los puntos clave y destaca la importancia estratégica del DRAWBACK en el contexto actual de la economía globalizada. Además, invita a los lectores a reflexionar sobre cómo este mecanismo puede ser adaptado y personalizado según las necesidades específicas de cada empresa.

Señala el investigador académico que el drawback necesita de una actualización en su reglamento para realizar operaciones de exportación y servicios aduaneros vía el entorno virtual. En consecuencia, se propone la adición de tasas escalonadas en la autorización del drawback a fin de que pequeñas y medianas empresas exportadoras tengan acceso a este beneficio; tales escalas podrían ser las siguientes:

5% del Valor FOB para las pequeñas y medianas empresas durante los tres primeros años desde su primer embarque.

4% del valor FOB para las pequeñas y medianas empresas (pymes) que extiendan su oferta exportable y diversifiquen sus mercancías exportadas y sus mercados de destino, a partir del cuarto año desde su primer embarque.

3% del valor FOB para las grandes empresas que realicen exportaciones

Por último, se propone la posibilidad de aceptar el beneficio devolutivo sin monto mínimo para que las pymes lo utilicen en el pago de sus obligaciones tributarias a través de notas de crédito favorables a la economía pública. Además, se requiere la ampliación del plazo para solicitar los beneficios electrónicamente a un año calendario, iniciado a partir del día posterior al término del embarque, con el propósito de que las pymes tengan un periodo más largo para la acumulación de embarque y declaraciones de exportación dentro de una solicitud de restitución

En resumen, "DRAWBACK: Mecanismo promotor del crecimiento económico en las empresas de exportación" se presenta como una lectura indispensable para empresarios, ejecutivos y académicos interesados en entender y aprovechar al máximo las oportunidades que ofrece el comercio internacional.

Termino comunicando que, se encuentra habilitada la opción para quienes decidan descargar el libro de manera libre y gratuita desde el siguiente enlace:

https://submission.editorialtercersol.com/index.php/SETS/catalog/book/100





Nueva Ruta de la Seda: Desde Shangai hasta Chancay

 

Dr. Javier Gustavo Oyarse Cruz. Máster International Business

El Puerto de Chancay se encuentra en plena construcción y se encuentra ubicado en la ciudad del mismo nombre, provincia de Huaral al norte de Lima, en Perú. La ubicación de este Megapuerto se encuentra estratégicamente en la costa del Océano Pacífico cerca de la carretera Panamericana Norte, siendo una importante vía de acceso para el transporte de carga y pasajeros que se trasladan hacia y desde Lima hacia diferentes regiones del Perú.

La construcción del Puerto de Chancay es parte de un ambicioso plan de desarrollo en materia de infraestructura portuaria a cargo del Gobierno Peruano, su objetivo es incrementar su capacidad logística y convertirse en el Puerto Hub de Sudamérica, debido a que va a facilitar la conexión directa con el mercado internacional utilizando las rutas marítimas del Océano Pacífico.

El Terminal Portuario de Chancay, empezó a construirse en el año 2018, constará de cuatro muelles en su etapa inicial y se espera que esté listo para el segundo semestre de 2024. La inversión estimada para la construcción del puerto es de 1,315 millones de dólares y la compañía encargada de la construcción es Cosco Shipping Ports Chancay. Los trabajos iniciales comprometen una inversión de mil cien millones de dólares y consta de tres componentes: construcción del complejo de ingreso (zona de antepuerto donde se permitirá el ingreso de camiones al puerto); túnel de acceso por debajo de la ciudad y la zona operativa portuaria, que tendrá cuatro amarraderos en una primera etapa de un total planificado de 15.

Este proyecto incluye la construcción de una moderna terminal portuaria con una capacidad inicial para movilizar 2,5 millones de contenedores al año, un muelle de atraque de 1,2 km de longitud, una zona de almacenamiento para contenedores y una zona de distribución logística de carga. Además, contará con infraestructuras viales y ferroviarias que permitirán conectar el mencionado puerto con el resto del país, permitiendo descongestionar al Terminal Portuario del Callao, que actualmente se encuentra saturado y sin posibilidades de mayor crecimiento debido a las construcciones aledañas de casas, y demás inmuebles de propiedad pública y privada que no permiten su expansión.

La construcción del Puerto de Chancay se ha diseñado en base al concepto de Puerto Ciudad, de allí la importancia de permitir la participación de la sociedad civil organizada en gremios, asociaciones, cooperativas, universidades, etc. Además, incorpora al Perú en la nueva Ruta de la Seda, iniciativa que constituye el emblema del Gobierno Chino para financiar grandes proyectos de infraestructura en el mundo.

La construcción del Terminal Portuario de Chancay está financiada por Cosco Shipping Ports Chancay Perú, dicha empresa será responsable de la construcción, operación y mantenimiento del puerto durante el periodo de concesión, por lo tanto, se va a encargar de su administración, con el objetivo de recuperar su inversión y obtener la rentabilidad planificada en este negocio, dentro del marco de la Ley N° 27943.

Se espera que el Puerto de Chancay se convierta en uno de los principales puertos de la costa oeste de Sudamérica y que ayude a dinamizar el comercio internacional conectando al Perú con los socios comerciales que tienen Asia y Europa. Además, se espera que la construcción de este puerto genere 10,000 puestos de trabajo vinculados directamente a los negocios internacionales impulsando también el desarrollo económico en la región.

Definitivamente la construcción del Megapuerto Chancay permitirá mejorar la competitividad portuaria, en la medida que estará en condiciones de ofrecer servicios de alta calidad y eficiencia a los usuarios a un costo razonable. Recordemos que los puertos competitivos son los que atraen más tráfico de carga y pasajeros, lo que a su vez repercute positivamente en la obtención de mayores ingresos y beneficios económicos para el Perú.



Declaración aduanera electrónica del pasajero

                             Dr. Javier Gustavo Oyarse Cruz Máster International Business. (Perú)

El Reglamento del Régimen Aduanero Especial de Equipaje y Menaje de Casa (en adelante REMC), aprobado por el D.S. Nº 182-2013-EF y modificado por el D.S. N° 367-2019-EF, define al pasajero como toda persona que ingresa o sale del país, provista de pasaporte o documento oficial, cualquiera sea el tiempo de su permanencia o el motivo de su viaje.

En principio dicha norma señala como obligaciones de los pasajeros, que ingresan al país someter su equipaje a los controles y registros establecidos por la Administración Aduanera, para tal efecto deben portar consigo su pasaporte o documento oficial y según corresponda, tienen dos alternativas:

a) En caso de no portar equipaje afecto al pago de tributos; mercancía restringida o prohibida; y dinero en efectivo o instrumentos financieros negociables por más de US$ 10 000,00 (Diez mil y 00/100 dólares de los Estados Unidos de América) o su equivalente en otra moneda; deben presentarse directamente al control aduanero; constituyendo este acto la declaración del pasajero de encontrarse en los casos antes mencionados.

b) En caso de portar bienes afectos al pago de tributos; mercancía restringida o prohibida; o dinero en efectivo o instrumentos financieros negociables por más de US$ 10 000,00 (Diez mil y 00/100 dólares de los Estados Unidos de América) o su equivalente en otra moneda; completar por medios físicos o electrónicos todos los campos previstos en la Declaración Jurada de Equipaje, consignando la información solicitada según corresponda y presentarla o tramitarla a la autoridad aduanera. Cuando se trata de unidad familiar, se podrá presentar o tramitar una sola declaración

Existe una lista bienes considerados como equipaje, y por lo tanto se encuentra inafectos al pago de tributos, los cuales se encuentran detallados en el artículo 9 del REMC, los cuales transcribimos a continuación:

a) Prendas de vestir y objetos de adorno personal del pasajero

b) Objetos de tocador para uso del pasajero

c) Medicamentos de uso personal del pasajero

d) Una (1) máquina rasuradora o depiladora eléctrica para uso del pasajero

e) Dos (2) aparatos electrodoméstico-portátiles para el cabello y para uso del pasajero

f) Una (1) unidad o un (1) set de artículos deportivos de uso del pasajero

g) Una (01) calculadora electrónica portátil.

h) Libros, revistas y documentos impresos en general que se adviertan de uso personal del pasajero

i) Maletas, bolsas y otros envases de uso común que contengan los objetos que constituyen el equipaje del pasajero

j) Un (1) instrumento musical, siempre que sea portátil.

k) Un (1) receptor de radiodifusión, o un (1) reproductor de sonido incluso con grabador, o un (1) equipo que en su conjunto los contenga, siempre que sea portátil, con fuente de energía propia y no sea de tipo profesional.  

l) Hasta un máximo en conjunto de veinte (20) de discos compactos.

m) Dos (2) cámaras fotográficas.

n) Una (1) videocámara, siempre que sea portátil, con fuente de energía propia y que no sea de tipo profesional.

o) Un (1) aparato reproductor portátil de discos digitales de video.

p) Un (1) aparato de vídeo juego electrónico doméstico portátil.

q) Dos (2) discos duros externos para computadora, cuatro (4) memorias para cámara digital, videocámara y/o videojuego, sólo si porta estos aparatos, cuatro (4) memorias USB (pen drive), y diez (10) discos digitales de vídeo o para videojuego.

r) Una (1) agenda electrónica portátil o tableta electrónica.  

s) Una (1) computadora portátil, con fuente de energía propia.

t) Dos (2) teléfonos celulares.

u) Hasta veinte (20) cajetillas de cigarrillos o cincuenta (50) cigarros puros o doscientos cincuenta (250) gramos de tabaco picado o en hebras para fumar.

v) Hasta tres (3) litros de licor.

w) Los medios auxiliares y equipos necesarios para su control médico y movilización (silla de ruedas, camilla, muletas, medidores de presión arterial, de temperatura y de glucosa, entre otros) que porten consigo los pasajeros impedidos o enfermos.

x) Un (1) animal doméstico vivo como mascota, el cual debe ser sometido previamente al cumplimiento de las regulaciones sanitarias correspondientes.

y) Objetos declarados que figuren en la Declaración de Salida Temporal de acuerdo con lo establecido en el artículo 23º o que se acredite que son nacionales o nacionalizados siempre que constituyan equipaje y se presuma que por su cantidad no están destinados al comercio.

z) Bienes para uso o consumo del pasajero y obsequios que por su cantidad, naturaleza o variedad se presuma que no están destinados al comercio, por un valor en conjunto de US$ 500,00 (quinientos dólares de los Estados Unidos de América). En caso de artefactos eléctricos, electrónicos, herramientas, y equipos propios de la actividad, profesión u oficio del pasajero, no pueden exceder de una (1) unidad por cada tipo.

 

Recientemente, se ha implementado un aplicativo móvil titulado “Bienvenido al Perú”, que le permite al pasajero desde su propio celular, presentar su declaración jurada de equipaje, si trae dentro de sus maletas bienes que debe declarar y pagar tributos por no encontrarse comprendidos dentro de la lista de bienes inafectos; así como la declaración jurada de dinero, cuando el pasajero lleve consigo más de diez mil dólares en efectivo.

 

Finalmente, debemos mencionar que gracias a la tecnología los controles aduaneros para los equipajes del pasajero se han agilizado, debido al uso de equipos de escaneo para facilitar la revisión de las maletas, cuyo servicio se brinda bajo la modalidad 24/7; constituyendo otra demostración de eficiencia en la gestión aduanera.



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